Trámites de empleados de hogar en la Seguridad Social

Desde 30,00 € (IVA incluido) según trámite a realizar

Resolución de baja

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Realizaremos el trámite y te enviaremos la resolución.

Descripción del servicio

Este es un servicio para solicitar un trámite en nombre de un empleador en el Sistema Especial de Empleados del Hogar. La solicitud se realiza a través del formulario, indicando el trámite o los trámites necesarios:

  • Creación del Código de Cuenta de Cotización del empleador.
  • Alta de empleado del hogar.
  • Variación de datos de empleado de hogar.
  • Baja de empleado de hogar.

También disponemos de una tarifa plana anual, por la cual realizamos todos los trámites en la Seguridad Social que sean necesarios en un año e proporcionamos toda la documentación relativa a los empleados de hogar que sea necesaria para un CCC de empleador de hogar: contratos, nóminas, liquidaciones o modificaciones contractuales.

Características del servicio

El servicio incluye la realización de un trámite en el Sistema Especial de Empleados de Hogar para un Código de Cuenta de Cotización dado. Para poder tramitarlo solicitaremos que nos asignes tu Código de Cuenta de Cotización de Empleador de Hogar. Estos son los pasos a seguir:

  • Te llegará una notificación de la Seguridad Social para que confirmes la asignación de tu CCC a nuestro Autorizado RED 288271, autorizado como Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
  • Deberás acceder al servicio de Confirmación de asignación de CCCs y NAFs a un autorizado RED, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Podrás acceder a través de Certificado Digital, usuario y contraseña del sistema Cl@ve Permanente o con Clave PIN.
  • Una vez hayas accedido al sistema, deberás marcar la opción «Confirmar» y después pulsar el botón Validar. Con esto ya podremos tramitar el trámite de tu empleado de hogar que has solicitado.
  • En cualquier momento podrás rescindir la autorización, a través del servicio de Rescisión de CCCs y NAFs a un autorizado RED, disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Si no puedes autorizarnos para la realización del trámite a través de la Sede Electrónica no te preocupes, también podemos realizar el trámite, pero será un poco más largo y no obtendremos la resolución en el acto.

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