Nómina de empleado de hogar (2022 y 2021)

9,00 € (IVA incluido)

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Si tienes alguna duda durante el proceso ponte en contacto con nosotros o si prefieres que te hagamos nosotros la nómina o cualquier otro documento, puedes solicitarlo aquí.

¿Cómo funciona?

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¡Imprímelo y firma!

Descripción del documento

Rellena el formulario con los datos necesarios y te enviaremos la nómina del mes de tu empleado del hogar por email en el acto con todos los cálculos realizados en base a la información facilitada en el formulario, incluyendo todos los conceptos salariales, deducciones y aportaciones a la Seguridad Social. Supuestos en los que es de aplicación este documento:

  • Nómina de empleado de hogar a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Nómina de empleado de hogar por horas.

En caso de que sea el empleado el responsable del ingreso de las cuotas de la Seguridad Social, se incluye recibo a firmar por el empleado justificante de haber recibido las cantidades que constituyen la aportación del empleador.

NOTA: Este documento no puede aplicarse en los siguientes casos:

  • Situaciones que afecten al importe de la retribución a percibir por el empleado, tales como incapacidad temporal o bajas por maternidad o paternidad o cualquier otro tipo de suspensión. Ten en cuenta que en estos casos el contrato queda suspendido, por lo que también afectan a las pagas extraordinarias, que solamente se percibirán en función del tiempo trabajado.

Características del documento

La nómina incluye el cálculo de:

  • Los salarios devengados correspondientes al mes de la nómina.
  • Las pagas extraordinarias, con varias posibles opciones:
    • Prorrateadas a lo largo de todo el año.
    • Una única paga extra de devengo anual, devengada del 1 de enero al 31 de diciembre.
    • Dos pagas extra, pudiendo elegir entre devengo semestral (la de verano, devengada del 1 de enero al 30 de junio y la de Navidad, devengada del 1 de julio al 31 de diciembre) o devengo anual (la de verano, devengada del 1 de julio al 30 de junio y la de Navidad, devengada del 1 de enero al 31 de diciembre).
  • Las retribuciones en especie.
  • Las percepciones no salariales.
  • Las aportaciones del trabajador a la Seguridad Social, conforme a las bases y tipos establecidas para el 2021 (de conformidad con la Ley 11/2020, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2021).
  • Otras deducciones.
  • La aportación del empleador a las cotizaciones a la Seguridad Social, calculadas en base a la información facilitada relativa a la retribución del trabajador y conforme a las bases y tipos fijados para el 2021.

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